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Fecha:sábado, 7 de mayo de 2022

Santa Cruz, 09 de mayo/Prensa TDJ.- Ante un lleno total en el Salón Auditorio de la Facultad Integral del Norte (FINOR) de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM) en la ciudad de Montero, el Magistrado por Santa Cruz ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Msc. Olvis Eguez Oliva, brindó una conferencia magistral titulada “Derechos y garantías en el proceso penal: Medidas Cautelares”, la mañana del 6 de mayo.

La conferencia, a la que se registraron más de 200 estudiantes de la carrera de Derecho, causó gran expectativa, dado que el Magistrado Eguez preside la Sala Penal del TSJ y es un férreo defensor de los principios rectores de excepcionalidad, proporcionalidad y jurisdiccionalidad en materia penal.

La autoridad judicial identificó dos momentos históricos en la implementación de sistemas procesales penales con diferentes características y con incidencia directa en el tratamiento a la detención preventiva, como medida restrictiva a la libertad en Bolivia. El primer momento –explicó-, está establecido con la aprobación del Código de Procedimiento Penal mediante Decreto Ley Nº 10426 de 23 de agosto de 1972, que significó en Bolivia el intento de implementar un sistema procesal mixto reformado, a partir del 2 de abril de 1973.

El segundo momento –añadió-, se dio con la promulgación de la Ley 1970, de 25 de marzo de 1999, que propone, en lo sustancial, un sistema acusatorio. Con relación a las garantías y preceptos de orden constitucional, dijo que, de acuerdo al texto vigente de la Constitución Política del Estado del 2009, es pertinente mencionar una serie de garantías constitucionales, así como reconocer acciones de defensa de los derechos, que permiten asegurar la efectividad de uno o varios derechos, como Acción de Libertad, Acción de Amparo Constitucional, Acción de Protección de Privacidad, Acción de Cumplimiento o Acción Popular, entre otros.

Explicó también sobre los casos para la Improcedencia de la aplicación de la Detención Preventiva, requisitos para la aplicación de la misma, Riesgo de Fuga, Obstaculización del proceso, Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres.

Al finalizar, el Magistrado Eguez expresó que la aplicación de las normas procesales previstas en el Código de 1999, puestas en vigencia anticipada un año después, con relación al régimen cautelar, denota la intención del legislador a un tratamiento y regulación normativa de la detención preventiva, que evite su uso arbitrario y desmedido, en afectación de derechos y garantías reconocidos a toda persona.

“Y, si bien en forma posterior se emitieron leyes a través de las cuales se introdujeron modificaciones que pueden ser catalogadas como contra-reforma, ha sido la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional de Bolivia, el que ha establecido criterios rectores para la actuación de jueces y fiscales destinados a garantizar que la aplicación de la detención preventiva responda a los principios rectores, como su excepcionalidad, proporcionalidad jurisdiccionalidad, entre otros”, señaló.

Al mismo tiempo precisó que las últimas modificaciones introducidas por el legislador a la norma, con relación a la detención preventiva, se fundan e inspiran en entendimientos jurisprudenciales, como los emitidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Un adecuado sistema procesal penal debe buscar un equilibrio entre la vigencia y respeto de derechos y garantías constitucionales con la investigación, juzgamiento y eventual imposición de una sanción, a quienes acomoden su conducta al marco descriptivo penal”, concluyó

Al finalizar la conferencia, el decano de la FINOR, Ing. Aldo Justiniano Jiménez, entregó una distinción “por su enorme talento, empeño, disciplina y determinación que se refleja en la labor como Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia”, reza el texto de la plaqueta entregada al finalizar la conferencia. A su vez, Eguez entregó un par de libros de su autoría, para que sean integrados a la biblioteca de la facultad.